La mejora del acceso a la vivienda es una de las prioridades para el gobierno gandiense. Conscientes de la necesidad de encontrar soluciones efectivas para la falta de viviendas asequibles, el Ayuntamiento de Gandia ha anunciado que destinará una parte del remanente de tesorería de 2023 a la protección del alquiler.
Específicamente, se han asignado 50.000 euros que se destinarán a cubrir los seguros de caución de los propietarios que ponen de alquiler una vivienda vacía, ofreciéndoles seguridad económica y jurídica.
Esta medida responde a la preocupación de muchos propietarios que cuentan con viviendas vacías pero no las ponen en el mercado del alquiler por miedo a los impagos o a los destrozos por parte de los futuros inquilinos. La gran cantidad de viviendas desocupadas en la ciudad contribuye también a la escasez de oferta de vivienda asequible. El Ayuntamiento reconoce la importancia de poner en uso estas propiedades vacías para satisfacer la demanda habitacional y mejorar la calidad de vida de los ciudadanos.
Esta medida entraría dentro del Plan Avant Gandia, una estrategia integral diseñada para abordar la problemática habitacional en la ciudad. El objetivo principal de este plan es facilitar el acceso a la vivienda y promover el desarrollo equitativo de la comunidad con el fin de evitar solicitar la declaración de “zona tensionada” en Gandia.
El plan Avant Gandia se enfoca en facilitar el acceso a la vivienda en la ciudad mediante medidas fiscales, patrimoniales y urbanísticas. Esto incluye bonificaciones en impuestos para viviendas de protección oficial, ayudas para seguros de alquiler, y la disposición de terrenos municipales para promover la construcción de viviendas. Además, contempla modificaciones urbanísticas para permitir la construcción de viviendas mixtas y revisar los usos de locales comerciales para convertirlos en viviendas, todo con el objetivo de ampliar la oferta de viviendas asequibles en Gandia.
En tanto que la administración pública local financie seguros de caución, ha de asegurarse de que dichos seguros cumplan una serie de criterios: por ejemplo que permitan fijar población, no excluyendo a residentes con contratos mercantiles o de autónomos, o en base a otros criterios, puesto que el derecho constitucional a la vivienda tiene precedencia respecto a la discriminación más granular que se suele producir en las cláusulas de dichos contratos de seguros. Es decir, que la AAPP no debe financiar aquéllos seguros de caución cuyas cláusulas redunden en la expulsión de la población local en base a modelos estacionales más irregulares e insostenibles, los que además deterioren la dinámica del mercado inmobiliario a largo plazo, pues esto perjudica tanto a propietarios como a inquilinos, y a largo plazo a la sociedad en su conjunto.
Por otra parte, no tiene mucho sentido la argumentación para un propietario de no poner en alquiler una vivienda por miedo al impago, puesto que si no está en alquiler el propietario tampoco recibe ningún ingreso. Sí tiene más sentido prevenir daños, y para este fin se debe minimizar la cantidad de viviendas en alquiler de temporada en pro de primeras viviendas estables y de larga estancia, puesto que en las estacionales (p.ej. vacacionales a extranjeros) este problema es mucho más frecuente y complicado de atajar -sobre todo si los inquilinos retornan al extranjero tras el usufructo-.
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