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Gandia
/ 28 marzo 2024

Fase 1, así deben abrir los bares, restaurantes y comercios

Fase 1, así deben abrir los bares, restaurantes y comercios

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El lunes 11 de mayo Gandia se adentrará en la Fase 1 del plan de desescalada hacia la «nueva normalidad». En esta fase estará permitida la apertura de establecimientos y locales. Podremos ir a bares, restaurantes, terrazas, comercios… Tiempo de cambios que llevan aparejadas dudas para todos; empresarios, empleados y clientes: ¿cuál es el aforo permitido?, ¿puedo atender a varios clientes a la vez?, ¿qué medidas de higiene y protección debo adoptar?, ¿debo incorporar elementos de señalización de la distancia mínima y del aforo permitido?, ¿en qué condiciones puedo reiniciar la actividad de reformas en la construcción?.

El departamento de Políticas Económicas y Comercio ha actualizado el apartado de la web de medidas especiales Covid-19 con todas las disposiciones publicadas sobre la reapertura de actividades. Además de la normativa, en la sección de información para empresas y ciudadanía, se puede encontrar un documento elaborado por el Ministerio de Sanidad donde se dan respuestas a las principales preguntas formuladas con motivo del plan de transición, así como diferentes guías sobre prácticas seguras para la apertura de los comercios y FAQ con las preguntas más frecuentes sobre comercios.

Establecimientos y locales de menos de 400 metros cuadrados

  • Aforo permitido 30% por planta.
  • Distancia de 2 metros entre personas o solo un cliente en el local, y horario prioritario para mayores de 65 años
  • Limpieza y desinfección de las instalaciones al menos dos veces en el día, una de ellas obligatoriamente al final del mismo.
  • Lavado y desinfección diaria de los uniformes y ropa de trabajo.
  • Disposición de papeleras que tendrán que ser limpiadas de forma frecuente y al menos una vez en el día.
  • Solo una persona en ascensores o montacargas, salvo que sea posible garantizar la separación de dos metros, o en casos de personas que precisan asistencia se permitirá un acompañante.
  • No se utilizarán los servicios de los establecimientos comerciales por parte de los clientes, excepto en caso estrictamente necesario y se procederá inmediatamente a su limpieza.
  • No podrán trabajar quién tenga diagnosticado COVID-19 o con síntomas. Ni trabajadores que se encuentran en periodo de cuarentena domiciliaria por contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticada.
  • Todos los trabajadores deben contar con equipos de protección individual y geles hidroalcohólicos y/o agua y jabón.
  • El uso de máscaras será obligatorio cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad de dos metros entre el trabajador y el cliente o entre los propios trabajadores.
  • El fichaje con huella dactilar será sustituido por otro sistema de control horario.
  • La distancia entre vendedor y cliente será de, al menos, un metro cuando se cuente con elementos de protección o barreras. O de dos metros sin estos elementos.
  • En los lugares de los mercados al aire libre y los peatones será de dos metros. En el caso de las peluquerías, centros de estética o fisioterapia, que no puedan garantizar la distancia de seguridad, se tendrá que utilizar el equipo de protección individual tanto del trabajador como del cliente, teniendo que asegurar la distancia de 2 metros entre los clientes.
  • Si un trabajador empezara a tener síntomas compatibles con la dolencia, se contactará inmediatamente con el teléfono habilitado y tendrá que abandonar su puesto de trabajo.

Higiene de los clientes

  • El tiempo de permanencia en los establecimientos será el estrictamente necesario.
  • Los establecimientos tendrán que poner a disposición del público dispensadores de gel hidroalcohólico.
  • En los establecimientos así como los mercados al aire libre o de venta no sedentaria en la vía pública, que cuentan con zonas de autoservicio, tendrá que prestar el servicio un trabajador del establecimiento o mercado.
  • No se podrán poner productos de prueba.
  • En los establecimientos del sector textil, los probadores tendrán que utilizarse por una única persona, después se desinfectarán.
  • En el supuesto de que un cliente se pruebe una pieza que no adquiera, el titular del establecimiento tendrá que higienizarla.

Aforo

  • Los establecimientos tendrán que exponer al público el aforo de cada local y asegurar que se respete así la distancia de seguridad de dos metros.
  • Tendrán que establecer sistemas de recuento y control del aforo.
  • Podrá establecerse un sistema de reparto a domicilio preferente para colectivos determinados.
  • En los establecimientos que disponen de aparcamientos propios para sus empleados y clientes, cuando los lectores de «tickets» y tarjetas de empleados no pudiera realizarse de manera automática sin contacto, será sustituido por un control manual y continuo por parte del personal de seguridad, para mejor seguimiento de las normas de aforo.

Terrazas

  • Limitación del 50% de las mesas permitidas el año inmediatamente anterior basándose en la correspondiente licencia municipal.
  • Distancia física de 2 metros entre las mesas o agrupaciones de mesas.
  • En caso de necesitar ampliación de terraza, habrá que solicitarla por los conductos habituales. Se resolverá de acuerdo con la legislación vigente.
  • Se autorizan las reuniones hasta un máximo de diez personas por mesa o agrupación de mesas.
  • Limpieza y desinfección de la equipación de la terraza. Se priorizará la utilización de mantel desechable para cubrir las mesas.
  • Tiene que evitarse el uso de la misma con distintos clientes.
  • Se tendrá que posar a disposición del público dispensadores de gel hidroalcohólico.
  • Se fomentará el pago con tarjeta y se desinfectará el datáfono después de su uso.
  • Se evitará el uso de cartas de uso común optando por el uso de dispositivos electrónicos propios.
  • Los elementos auxiliares del servicio, se almacenarán en recintos cerrados.
  • Se eliminarán productos de autoservicio priorizando monodosis desechable.
  • La ocupación máxima de los baños por los clientes será de una persona, salvo que puedan precisar asistencia.
  • Tendrá que procederse a la desinfección de los baños, como mínimo, seis veces en el día.
  • Medidas de higiene y/o de prevención para el personal trabajador establecidas para la Fase 1

Para resolver cualquier duda, el Ayuntamiento de Gandia ha habilitado el número de teléfono 96 959 597 y el correo [email protected], durante los próximos días se informará de forma personalizada a los establecimientos con una guía de consejos.

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El lunes 11 de mayo Gandia se adentrará en la Fase 1 del plan de desescalada hacia la «nueva normalidad». En esta fase estará permitida la apertura de establecimientos y locales. Podremos ir a bares, restaurantes, terrazas, comercios… Tiempo de cambios que llevan aparejadas dudas para todos; empresarios, empleados y clientes: ¿cuál es el aforo permitido?, ¿puedo atender a varios clientes a la vez?, ¿qué medidas de higiene y protección debo adoptar?, ¿debo incorporar elementos de señalización de la distancia mínima y del aforo permitido?, ¿en qué condiciones puedo reiniciar la actividad de reformas en la construcción?.

El departamento de Políticas Económicas y Comercio ha actualizado el apartado de la web de medidas especiales Covid-19 con todas las disposiciones publicadas sobre la reapertura de actividades. Además de la normativa, en la sección de información para empresas y ciudadanía, se puede encontrar un documento elaborado por el Ministerio de Sanidad donde se dan respuestas a las principales preguntas formuladas con motivo del plan de transición, así como diferentes guías sobre prácticas seguras para la apertura de los comercios y FAQ con las preguntas más frecuentes sobre comercios.

Establecimientos y locales de menos de 400 metros cuadrados

  • Aforo permitido 30% por planta.
  • Distancia de 2 metros entre personas o solo un cliente en el local, y horario prioritario para mayores de 65 años
  • Limpieza y desinfección de las instalaciones al menos dos veces en el día, una de ellas obligatoriamente al final del mismo.
  • Lavado y desinfección diaria de los uniformes y ropa de trabajo.
  • Disposición de papeleras que tendrán que ser limpiadas de forma frecuente y al menos una vez en el día.
  • Solo una persona en ascensores o montacargas, salvo que sea posible garantizar la separación de dos metros, o en casos de personas que precisan asistencia se permitirá un acompañante.
  • No se utilizarán los servicios de los establecimientos comerciales por parte de los clientes, excepto en caso estrictamente necesario y se procederá inmediatamente a su limpieza.
  • No podrán trabajar quién tenga diagnosticado COVID-19 o con síntomas. Ni trabajadores que se encuentran en periodo de cuarentena domiciliaria por contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticada.
  • Todos los trabajadores deben contar con equipos de protección individual y geles hidroalcohólicos y/o agua y jabón.
  • El uso de máscaras será obligatorio cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad de dos metros entre el trabajador y el cliente o entre los propios trabajadores.
  • El fichaje con huella dactilar será sustituido por otro sistema de control horario.
  • La distancia entre vendedor y cliente será de, al menos, un metro cuando se cuente con elementos de protección o barreras. O de dos metros sin estos elementos.
  • En los lugares de los mercados al aire libre y los peatones será de dos metros. En el caso de las peluquerías, centros de estética o fisioterapia, que no puedan garantizar la distancia de seguridad, se tendrá que utilizar el equipo de protección individual tanto del trabajador como del cliente, teniendo que asegurar la distancia de 2 metros entre los clientes.
  • Si un trabajador empezara a tener síntomas compatibles con la dolencia, se contactará inmediatamente con el teléfono habilitado y tendrá que abandonar su puesto de trabajo.

Higiene de los clientes

  • El tiempo de permanencia en los establecimientos será el estrictamente necesario.
  • Los establecimientos tendrán que poner a disposición del público dispensadores de gel hidroalcohólico.
  • En los establecimientos así como los mercados al aire libre o de venta no sedentaria en la vía pública, que cuentan con zonas de autoservicio, tendrá que prestar el servicio un trabajador del establecimiento o mercado.
  • No se podrán poner productos de prueba.
  • En los establecimientos del sector textil, los probadores tendrán que utilizarse por una única persona, después se desinfectarán.
  • En el supuesto de que un cliente se pruebe una pieza que no adquiera, el titular del establecimiento tendrá que higienizarla.

Aforo

  • Los establecimientos tendrán que exponer al público el aforo de cada local y asegurar que se respete así la distancia de seguridad de dos metros.
  • Tendrán que establecer sistemas de recuento y control del aforo.
  • Podrá establecerse un sistema de reparto a domicilio preferente para colectivos determinados.
  • En los establecimientos que disponen de aparcamientos propios para sus empleados y clientes, cuando los lectores de «tickets» y tarjetas de empleados no pudiera realizarse de manera automática sin contacto, será sustituido por un control manual y continuo por parte del personal de seguridad, para mejor seguimiento de las normas de aforo.

Terrazas

  • Limitación del 50% de las mesas permitidas el año inmediatamente anterior basándose en la correspondiente licencia municipal.
  • Distancia física de 2 metros entre las mesas o agrupaciones de mesas.
  • En caso de necesitar ampliación de terraza, habrá que solicitarla por los conductos habituales. Se resolverá de acuerdo con la legislación vigente.
  • Se autorizan las reuniones hasta un máximo de diez personas por mesa o agrupación de mesas.
  • Limpieza y desinfección de la equipación de la terraza. Se priorizará la utilización de mantel desechable para cubrir las mesas.
  • Tiene que evitarse el uso de la misma con distintos clientes.
  • Se tendrá que posar a disposición del público dispensadores de gel hidroalcohólico.
  • Se fomentará el pago con tarjeta y se desinfectará el datáfono después de su uso.
  • Se evitará el uso de cartas de uso común optando por el uso de dispositivos electrónicos propios.
  • Los elementos auxiliares del servicio, se almacenarán en recintos cerrados.
  • Se eliminarán productos de autoservicio priorizando monodosis desechable.
  • La ocupación máxima de los baños por los clientes será de una persona, salvo que puedan precisar asistencia.
  • Tendrá que procederse a la desinfección de los baños, como mínimo, seis veces en el día.
  • Medidas de higiene y/o de prevención para el personal trabajador establecidas para la Fase 1

Para resolver cualquier duda, el Ayuntamiento de Gandia ha habilitado el número de teléfono 96 959 597 y el correo [email protected], durante los próximos días se informará de forma personalizada a los establecimientos con una guía de consejos.

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